Rechazan recurso de nulidad contra elección de rector José Emilio Moreno
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Etiquetas: Universidad de Panamá, l Organismo Electoral Universitario , abogado Jonathan Brown Racine, Manuel Óscar Lasso Ramos, José Emilio Moreno
ENMAYÚSCULA.- El Pleno del Organismo Electoral Universitario (OEU) de la Universidad de Panamá decidió no admitir el recurso de nulidad presentado por el abogado Jonathan Brown Racine, en representación del profesor Manuel Óscar Lasso Ramos, contra la elección de rector celebrada el pasado 1 de julio de 2026.
Luego de analizar el escrito presentado, el organismo electoral determinó que la impugnación no cumplía con los requisitos formales establecidos en el artículo 97 del Reglamento General de Elecciones Universitarias.
Entre los argumentos expuestos en la resolución, el OEU señaló que el recurso no detallaba de forma individualizada los hechos relacionados con cada una de las causales alegadas ni explicaba de qué manera esos hechos configuraban las causales de nulidad planteadas.
Además, el organismo indicó que la impugnación tampoco cumplía con el criterio de magnitud establecido en el artículo 96 del reglamento electoral, debido a que se limitaba a cuestionamientos sobre las mesas de votación de la Extensión Universitaria de Soná, sin identificar otras mesas cuya eventual nulidad pudiera tener incidencia en el resultado final de la elección.
La resolución precisa que, al momento de evaluar el recurso, se habían escrutado 175 de las 200 mesas habilitadas para la elección de rector. Según el OEU, el avance del escrutinio permitía determinar que el resultado no cambiaría, incluso tomando en cuenta las mesas que aún estaban pendientes de contabilización.
Con los resultados registrados, el candidato José Emilio Moreno obtuvo el 55.594 % de la votación ponderada, mientras que la candidata Migdalia Bustamante Villarreal alcanzó el 19.894 %. El Pleno del OEU consideró que, aun en el escenario de que la totalidad de los votos pendientes correspondientes a profesores, estudiantes y administrativos mencionados en la resolución fueran adjudicados a la candidata que ocupaba el segundo lugar, el resultado de la elección permanecería sin cambios.
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